lunes, 22 de agosto de 2011

PROHIBICIONES



Se considerarán prohibiciones para los aprendices del SENA, las siguientes:
A. De carácter académico:

a.1 Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o
Producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas
Consultadas en los diferentes soportes.
a.2. Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje, sin el debido proceso y autorización
Del responsable del seguimiento al mismo.
a.3. Incumplir las actividades de aprendizaje acordadas en su proceso de formación y los
Compromisos adquiridos como aprendiz SENA, sin justa causa.
a.4. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de formación o en concursos, juegos o
Competencias deportivas o culturales.

B. De carácter Disciplinario:
b.1 Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad
O para obtener cualquier beneficio de la misma.
b.2. Ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohólicas o
Sustancias psicoactivas, dentro de las instalaciones del SENA, o ingresar a la entidad en
Estado que indique alteraciones ocasionadas por el consumo de éstos.
b.3 Ingresar o portar armas, objetos corto-punzantes, explosivos u otros artefactos que
Representen riesgo o puedan ser empleados para atentar contra la vida o la integridad
Física de las personas, para destruir o deteriorar la planta física o los bienes del SENA o
De las instituciones con las cuales se adelanten actividades de aprendizaje, culturales,
Recreativas, deportivas y sociales. Los miembros de la fuerza pública y organismos de
Seguridad del estado, que se encuentren en un proceso de formación, no podrán portar
Armas de fuego en el Centro de Formación.
b.4. Utilizar el nombre del SENA o sus instalaciones para actividades particulares o con ánimo
De lucro, exceptuando aquellas que sean parte de proyectos productivos aprobados por el
Subdirector de Centro o la instancia competente.
b.5. Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad
Educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o ser
Cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institución.
b.6. Contribuir al desorden y/o al desaseo.
b.7. Destruir, sustraer o dañar instalaciones físicas, equipos, materiales, software, elementos
Y dotación en general del SENA o de instituciones, empresas u otras entidades donde se
Desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o
Intercambios estudiantiles nacionales o internacionales.
b.8. Obstaculizar el ingreso a las instalaciones de los Centros de Formación y/o perturbar el
Desarrollo normal de las actividades de aprendizaje, liderando o apoyando este tipo de
Actos en oficinas, ambientes de aprendizaje, zonas de descanso, bibliotecas y en general
Donde éstas se desarrollen.
b.9. Practicar o propiciar juegos de azar, con miembros de la comunidad educativa, al interior
De las instalaciones del SENA, sin autorización de la instancia competente.
b.10. Realizar acciones proselitistas de carácter político o religioso dentro de las instalaciones
Del SENA y demás ambientes donde se desarrollen actividades formativas, así como
Propiciar actos indecorosos, de acoso, maltrato físico y/o mental, o conductas que puedan
Afectar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
b.11. Permanecer con el uniforme o la ropa de trabajo acordado para la especialidad, en
Situaciones o lugares ajenos al proceso de formación, que deterioren la imagen
institucional.
b.12. Generar, transmitir, publicar o enviar información confidencial, de circulación restringida,
inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios
de comunicación físicos o electrónicos, disponibles para su proceso de formación.
b.13. Realizar comportamientos contrarios a la normativa SENA en lugares donde se adelanten
eventos de formación nacional o internacional, que atenten contra la imagen del SENA o
del país.
b.14. Incumplir con la fecha límite de reintegro al Centro de Formación después de haber
participado en un programa de movilidad estudiantil nacional o internacional
b.15. Incumplir las normas de convivencia establecidas en cada Centro de Formación o
internado
b.16. Suplantar identidad en los cursos apoyados en ambientes virtuales de aprendizaje.
b.17. Ingresar o salir de cualquier instalación del Centro de Formación o de la entidad donde se
desarrolle la formación, por sitios diferentes a la portería, saltando muros, cercas o
violentando puertas, ventanas y cerraduras.
b.18. Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones o
firmas correspondientes al SENA o emitidos por ella.
b.19. Elaborar escritos o mensajes satíricos, dibujar y/o escribir sobre cualquier superficie,
objeto o mueble de las instalaciones donde se desarrollan programas de formación; o
pegar avisos, carteles, pancartas o análogos en sitios no autorizados.
b.20. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la
Comunidad educativa, que atenten contra la integridad física, moral y/o psicológica.

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